nformación complementaria: Según el art. 1.1.3.1, punto c) de DL 111-A / 2017, de 31 de agosto, los requisitos de ADR no se aplican al transporte realizado por las empresas, sino que además de su actividad principal, como el suministro de astilleros de construcción o de ingeniería civil o para rutas de regreso desde esos astilleros, o para trabajos de medición, reparación o mantenimiento, en cantidades que no excedan los 450 litros por paquete, incluidos contenedores grandes a granel (GRG) y paquetes grandes, ni las cantidades máximas totales especificados en 1.1.3.6. Se deben tomar medidas para evitar cualquier fuga de contenido en condiciones normales de transporte. Sin embargo, esta exención no se aplica a la Clase 7. El transporte realizado por estas compañías para su propio suministro o para su distribución externa o interna no está cubierto por esta exención.